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Mundo Industrial Venezolano » Lopcymat

Equipos de Protección Personal

Industrias, Lopcymat, Seguridad Industrial, Seguridad Laboral 14 Comentarios »

La dotación a los trabajadores de los equipos de protección personal apropiados, es de vital importancia para el desarrollo de las actividades en cualquier empresa. La dotación de Implemetos de Seguridad debe hacerse en el mismo momento en que el trabajador ingresa a la empresa, y debe hacerse de forma que la misma, quede asentada por escrito en los respectivos expedientes, ya que este será el unico aval que tendrá la empresa al momento de cualquier inconveniente presentado por este motivo, debido a que este es un deber contemplado en la Ley Organica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento.


Para comenzar debemos decir que los Implementos o Equipos de Protección Personal o Individual (EPP o EPI), son aquellos equipos que porta el trabajador con el fin de protegerlo de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. La Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN), mantiene una serie de Normas para la estandarización de Equipos de Protección Personal, las cuales deben ser las regentes de esta actividad, a continuación se presenta un resumen de los principales equipos utilizados en la industria.
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Documentos: Reglamento Parcial de la LOPCYMAT

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Descarga el documento completo del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones Y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)en formato PDF haciendo click aquí.

Comenzó el Registro de Profesionales de Seguridad y Salud Laboral

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A partir del 1° de junio, el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel) dio inicio al Registro Nacional de Profesionales en el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo. Según declaraciones de Aismara Borges, Directora de Epidemiología e Investigación del Inpsasel, el proceso constará de dos etapas, en principio, los trámites se podrán realizar a través de la pagina Web del Inpsasel: http://www.inpsasel.gov.ve/ en donde se colocará a disposición de los solicitantes una planilla de registro que debe ser llenada por los profesionales y luego través de la Dirección Regional de Salud Laboral.

El registro es de carácter único y obligatorio, concentrara los datos de todos los profesionales que desarrollen actividades de asesoría, capacitación y servicios en el área de seguridad y salud, a lo largo del territorio venezolano, además permitirá mantener una data actualizada y conocer el número real de profesionales que desarrollen actividades de asesoría, capacitación y servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo, en tiempo real.
Los profesionales deberán seguir los siguientes pasos y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Acceder a la página web del Inpsasel (http://www.inpsasel.gov.ve)
  • Abrir el enlace que aparece identificado como “Registro de Profesionales” y llenar la solicitud con los datos solicitados. El sistema debe generar una constancia de solicitud de registro, donde se le indicará estar atento a los operativos que se organizarán en la Diresat donde le corresponda formalizar el registro.

La información aparecerá en la página Web del Inpsasel. Acudir al operativo en el lugar y día señalado con los siguientes requisitos:

  • Cancelación de la tasa por concepto de registro, correspondiente a cinco (05) Unidades Tributarias en la cuenta corriente del Inpsasel Nº 00030029260001183598, en cualquier agencia del Banco Industrial de Venezuela.
  • Presentación de original y dos (02) copias de la solicitud de registro realizada por Internet, conjuntamente con los siguientes documentos en copias fotostáticas, presentando a su vez, los respectivos originales: Comprobante de pago de la tasa correspondiente (5 UT), Fotocopia de la cédula de identidad, Resumen curricular (con copia de los soportes de estudios, cursos o demuestren la experiencia en el área a registrar), Inscripción en el colegio profesional correspondiente, de ser el caso.
  • Toda la documentación debe ser presentada en una carpeta de fibra (marrón) tamaño oficio. Presentar la documentación en original, a fines de verificar la información.
  • El funcionario de la Sala de Registro cotejará los datos cargados en el sistema, con los recaudos. En caso de que sea necesario corregir algún dato cargado erróneamente, se hará en ese momento. Si los datos están conformes el funcionario emitirá la Constancia de Registro, que contendrá el número de registro del profesional. Si los datos no están conformes, el profesional deberá solicitar nueva cita y hacer las correcciones o consignar los documentos necesarios.

Sin embargo, la información de la solicitud cargada en el sistema no será eliminada de la base de datos, quedando en estado de espera para la formalización del registro.

También se dio a conocer que en el segundo semestre del año, vendrá el proceso de acreditación de los profesionales, a través del cual el Inpsasel les acreditará como personas capacitadas en el área de seguridad y salud en el trabajo.
Los solicitantes deberán estar atentos de la información aparecida en el sitio web del Inpsasel, tanto para obtener las planillas de solicitud y los requisitos necesarios para el registro, como para informarse de las fechas de los operativos y de las localidades donde deben acudir para validar los datos. Para las Empresas, Instituciones y demás formas asociativas que presten servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo, el Registro Nacional se realizará luego de finalizado el registro de profesionales y se informará la fecha de inicio oportunamente.

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